Mercancías peligrosas
Las mercancías peligrosas son artículos o sustancias que podrían suponer un riesgo para la salud, la seguridad, la propiedad o el medio ambiente.
Además de los objetos peligrosos que se enumeran a continuación, se prohíbe el transporte de otros objetos peligrosos por razones de seguridad.
Por eso es importante que se informe bien antes de la salida y que haga las maletas correctamente. Los símbolos le indican si está permitido el transporte para uso personal y en qué condiciones:
La lista de objetos peligrosos y artículos prohibidos no es exhaustiva y puede ampliarse en cualquier momento. La siguiente lista también contiene artículos que no se consideran mercancías peligrosas, pero que, aun así, están sujetos a determinadas restricciones (p. ej., armas).
Lea atentamente esta información.
Puede encontrar información detallada sobre el transporte de dispositivos electrónicos y baterías en el siguiente enlace:
Información sobre el transporte de dispositivos electrónicos y baterías
Cantidad máxima:
- Máx. 2 kg/2 l (cantidad neta total de todos los artículos) por pasajero
- Máx. 0,5 kg/0,5 l (cantidad neta) por artículo
Los artículos de higiene son artículos médicos, cosméticos o no radiactivos, como:
- Laca para el pelo
- Perfume y agua de colonia
- Artículos médicos que contienen alcohol, como aerosoles nasales con alcohol
- Desinfectante de manos con alcohol
Botes de spray/aerosoles para uso deportivo y doméstico personal:
- Solo se permiten botes de spray/aerosoles no tóxicos y no inflamables para uso deportivo o doméstico personal de la clase de peligro 2.2 sin riesgo secundario.
Normas para el transporte de botes de spray/aerosoles:
- La válvula liberadora de presión de los aerosoles debe ir protegida por una tapa u otro medio adecuado que impida la liberación accidental del contenido.
Nota:
- Tenga en cuenta también las normas de seguridad generales para líquidos, geles o sprays comerciales en el equipaje de mano.
Está prohibido llevar en el equipaje de mano y en el equipaje facturado artículos destinados a la autodefensa.
Ejemplos de artículos para la autodefensa:
- Equipos y dispositivos para aturdir, como pistolas paralizantes, táseres y bastones paralizantes, así como equipos para aturdir y matar ganado
- Sustancias o productos químicos incapacitantes o paralizantes, como “gotas paralizantes”, gas pimienta, aerosoles de pimienta, aerosoles de capsaicina, gases lacrimógenos, aerosoles ácidos y aerosoles repelentes de animales
Cantidad de munición máxima: máx. 5 kg brutos por pieza de equipaje individual y pasajero
Normas para el transporte de munición:
- Solo se permite munición de la clase de peligro 1.4S con UN 0012 o UN 0014.
- Está prohibido transportar proyectiles explosivos o incendiarios y pólvora negra.
- La munición debe estar protegida de forma segura contra el movimiento y el impacto (sin espacios vacíos) en un contenedor resistente hecho de madera, metal o cartón.
- Solo se puede transportar munición para uso personal.
- No se debe embalar en una o varias piezas de equipaje la cantidad permitida para más de una persona.
Normas para el transporte de armas de fuego:
- Solo se permite el transporte de armas deportivas, de caza y de servicio.
- Está prohibido transportar armas de guerra.
- Todas las armas deben estar aseguradas, descargadas y debidamente embaladas en un contenedor de transporte designado, cerrado, resistente y rígido, p. ej., de madera, metal, material de carcasa dura o poliestireno. El contenedor debe proporcionarlo el pasajero.
- Se permiten varias armas por contenedor de transporte.
- En función de las medidas de seguridad locales, es posible que se apliquen tasas de aeropuerto adicionales.
Otras disposiciones:
- Los objetos con forma de arma, como juguetes o “armas de imitación”, así como otras armas, como arcos de tiro, pistolas de flechas, pistolas de salida, pistolas blandas, y otras armas pequeñas de defensa, como cuchillos, dagas, estiletes o espadas, solo se pueden transportar en el equipaje facturado.
- Los encendedores con forma de arma, así como cualquier arma de impulso eléctrico (p. ej., pistolas paralizantes o táseres) y las armas con proyectiles explosivos o inflamables están totalmente prohibidas.
Nota:
- Las armas de fuego y la munición deben llevarse dentro de bolsas separadas.
- Recomendamos que todos los estuches o contenedores de transporte con armas de fuego y munición estén asegurados con un candado integrado o independiente.
- En los vuelos con origen o destino en Italia, el estuche o contenedor de transporte deben estar asegurados con un candado integrado o independiente.
- Debido a las estrictas normas de seguridad, no es posible llevar armas a/desde determinados destinos. El Service Centre de SWISS estará encantado de proporcionarle información.
- Para transportar armas de fuego y munición se necesita la aprobación de la compañía aérea.
- Registre las armas de fuego y munición a través del formulario de contacto al reservar su vuelo.
Unidades máximas: máx. 5 l de cantidad neta total por pasajero*
Cantidad máxima: máx. 5 l por contenedor*
* Se aplica únicamente a bebidas alcohólicas con un volumen de alcohol de entre el 24 % y el 70 %.
Normas de transporte:
- Las bebidas alcohólicas deben estar en su envase original, tal y como se vendieron.
- El transporte de bebidas alcohólicas con un volumen de alcohol superior al 70 % está prohibido.
Nota:
- Las bebidas alcohólicas con un volumen de alcohol inferior al 24 % no se clasifican como mercancías peligrosas.
- Está prohibido el consumo de bebidas alcohólicas traídas a bordo por los propios pasajeros.
Está prohibido transportar fuegos artificiales, bengalas y explosivos.
Esto incluye los siguientes artículos:
- Bengalas
- Botes y cartuchos generadores de humo
- Materiales/dispositivos explosivos e incendiarios, fuegos artificiales, bengalas de emergencia, petardos y otros artículos pirotécnicos
- Iniciadores, detonadores y mechas
- Dinamita, pólvora y explosivos plásticos
- Minas, granadas y otros explosivos militares
Unidades máximas: 1 caja pequeña de cerillas de seguridad o 1 encendedor pequeño*
* Solo para uso personal y lleno de gas licuado; no debe contener ningún otro combustible líquido no absorbido
Los siguientes artículos están prohibidos:
- Combustible o líquido para encendedores
- Paquetes de recarga para encendedores
- “Cerillas que se encienden en cualquier lugar”
- Encendedores de llama azul o de puros
- Encendedores Zippo
- Encendedores con forma de arma
- Encendedores alimentados por una batería de litio sin tapón de seguridad ni otros mecanismos contra la activación involuntaria
Nota:
- En algunos países está prohibido transportar cerillas o encendedores.
Está prohibido transportar hornillos de camping.
También está prohibido transportar cartuchos de repuesto para hornillos de camping.
Solo se permite el gas no tóxico y no inflamable de la clase de peligro 2.2 sin riesgo secundario.
Cantidad máxima: máx. 4 cartuchos de gas por pasajero
Capacidad máxima: máx. 50 ml de capacidad de agua por cartucho de gas (en el caso del dióxido de carbono, este tamaño equivale a un cartucho de gas de 28 g).
Normas de transporte:
- Los cartuchos o bombonas de gas deben embalarse de tal forma que no puedan activarse accidentalmente.
Nota:
- Para transportar cartuchos o bombonas de gas se necesita la aprobación de la compañía aérea.
- Registre sus cartuchos o bombonas de gas mediante el formulario de contacto al reservar su vuelo.
Peso máximo: máx. 5 kg brutos por bombona
Normas de transporte:
- Los cilindros, válvulas y reguladores, cuando están instalados, deben protegerse para que no sufran ningún daño que pueda causar la liberación accidental de su contenido.
- Las bombonas de oxígeno o de aire deben transportarse en un embalaje exterior aprobado por el fabricante que proteja la válvula de salida.
Los siguientes artículos están prohibidos:
- Generadores de oxígeno químico
- Equipos o contenedores con gas licuado
- Botes de oxígeno personales (“oxígeno enlatado”)
Nota:
- Vuelos hacia/desde/dentro de EE. UU.: las bombonas de oxígeno están prohibidas en estos viajes.
- Para transportar botellas de oxígeno o bombonas de aire para uso médico se requiere una aprobación.
- A continuación, encontrará más información si necesita oxígeno con fines médicos durante su vuelo.
- Lea la hoja de información de los dispositivos CPAP y envíe los detalles necesarios para la aprobación técnica a su centro de reservas, al Service Centre de SWISS o directamente a medicalservices@swiss.com al menos 48 horas antes de la salida.
Máximo: 2 artículos por pasajero
Los chalecos salvavidas y otros equipos de seguridad autoinflables están equipados con un mecanismo de liberación que utiliza gas, una mercancía peligrosa sujeta a normas especiales de transporte.
Definición de “equipo de seguridad autoinflable”: equipo de seguridad personal autoinflable diseñado para ser usado por una persona.
Cantidades máxima de cartuchos de gas:
- Máx. 2 cartuchos de gas integrados pequeños con gas no tóxico y no inflamable de la clase de peligro 2.2 sin riesgo secundario (p. ej. dióxido de carbono).
- Además, se pueden transportar como máximo 2 cartuchos de gas de repuesto pequeños (p. ej. dióxido de carbono) por equipo.
Normas de transporte:
- Los cartuchos de gas integrados solo se pueden utilizar para fines de autoinflado.
- El equipo debe embalarse de tal forma que no pueda activarse accidentalmente.
- Está prohibido transportar equipos de seguridad autoinflables con mecanismos de liberación pirotécnica de la clase de peligro 1.
Nota:
- Para transportar un chaleco salvavidas u otros equipos de seguridad autoinflables se necesita la aprobación de la compañía aérea.
- Al reservar su vuelo, registre su chaleco salvavidas u otros equipos de seguridad autoinflables a través del formulario de contacto.
Esta norma solo se aplica en vuelos hacia/desde/dentro de EE. UU. y Togo.
En general, recomendamos que no transporte polvos ni sustancias similares.
* Cantidad máxima: máx. 350 ml de volumen total
Esta norma no se aplica a las siguientes sustancias:
- Medicamentos, alimentos para bebés y restos humanos en forma de cenizas
- Sustancias en forma de polvo que se hayan comprado en tiendas de la zona posterior al control de seguridad del aeropuerto, siempre que estén envasadas en un recipiente transparente y sellado
Nota:
- Es posible que las sustancias en polvo o similares con un volumen total inferior a 350 ml no estén permitidas a bordo como equipaje de mano, por ejemplo, si existen dudas sobre la autenticidad de la sustancia.
Máximo: 1 artículo por pasajero
Normas para transportar termómetros o barómetros médicos o clínicos:
- Los termómetros o barómetros médicos o clínicos pequeños para uso personal que contengan mercurio deben embalarse en un estuche protector.
Está prohibido transportar termómetros meteorológicos o barómetros.
Se permite el transporte de marcapasos u otros dispositivos médicos que contengan radioisótopos, incluidos los que funcionan con baterías de litio, y estén implantados o fijados externamente a la persona.
Los siguientes artículos están prohibidos en el equipaje de mano por razones de seguridad:
- Palancas, taladros y brocas (incluidos taladros eléctricos portátiles inalámbricos)
- Herramientas con una hoja o un eje de más de 6 cm de largo capaces de usarse como arma, como destornilladores y cinceles
- Sierras, incluidas las sierras portátiles inalámbricas, sopletes, pistolas de clavos y grapadoras neumáticas
- Objetos puntiagudos o afilados, como herramientas de corte (hachas, hachuelas y cuchillos de carnicero), picahielos, hojas de afeitar, cuchillos para alfombras, cuchillos o tijeras con hojas de más de 6 cm de largo (medidos desde la bisagra)
- Equipo de artes marciales con punta o borde afilados, como espadas y sables
- Instrumentos contundentes, como bates de béisbol y sóftbol, palos, porras, cachiporras, equipos de artes marciales y mazas
Nota:
- Está totalmente prohibido transportar motores de combustión y dispositivos y herramientas que funcionen con gasolina (p. ej., motosierras, generadores de emergencia).
- Puede encontrar más información y las normas para el transporte de herramientas electrónicas y baterías en “Dispositivos electrónicos y baterías”.
Cantidad máxima: máx. 1 l de líquido inflamable por embalaje exterior
Muestras y especímenes no infecciosos permitidos:
- P. ej., de mamíferos, aves, anfibios, reptiles, peces, insectos y otros invertebrados,
- contienen pequeñas cantidades de líquidos inflamables UN 1170, UN 1198, UN 1987 o UN 1219, y
- deben cumplir con las siguientes normas de transporte.
Normas de transporte para el embalaje interior:
- Variante 1: las muestras o los especímenes deben estar envueltos en una toalla de papel o estameña humedecida con alcohol o una solución alcohólica y también deben estar envasadas en una bolsa de plástico sellada.
- Variante 2: las muestras o los especímenes deber estar envasados en un vial o un recipiente rígido que contenga alcohol o una solución alcohólica.
- El líquido libre en el recipiente no debe superar los 30 ml.
- Las muestras y los especímenes en el embalaje interior deben ir envasados en otra bolsa de plástico sellada con material absorbente.
Normas de transporte para el embalaje externo:
- A continuación, esta bolsa de plástico debe envasarse en un embalaje exterior resistente con un material de amortiguación adecuado.
- La cantidad total de líquido inflamable por embalaje exterior no puede superar 1 l.
- Una vez sellado el embalaje exterior, debe marcarse: “Scientific research specimens, not restricted Special Provision A180 applies”.
Nota:
- Está prohibido transportar muestras o especímenes infecciosos, como muestras de sangre, tejidos, hongos o cultivos bacterianos y virales que puedan infectar a humanos o animales, así como sustancias marcadas con UN 3373.
Cantidad máxima: máx. 2,5 kg de nieve carbónica (dióxido de carbono, sólido) netos por pasajero
Normas de transporte:
- El equipaje facturado que contenga nieve carbónica deberá llevar la etiqueta adicional “Dry Ice” o “Carbon dioxide, solid”. También debe indicar el peso neto de la nieve carbónica que contiene o que el peso neto es de 2,5 kg o menos.
- El embalaje debe permitir la salida de gases.
- La nieve carbónica (dióxido de carbono, sólido) solo está permitida como agente refrigerante para productos perecederos que no sean mercancías peligrosas en sí.
Nota:
- Para transportar nieve carbónica (dióxido de carbono, sólido) se necesita la aprobación de la compañía aérea.
- Registre la nieve carbónica (dióxido de carbono, sólido) mediante el formulario de contacto al reservar su vuelo.
Los materiales magnetizados con NU 2807 están clasificados como mercancías peligrosas y está prohibido transportarlos.
Ejemplos de materiales magnetizados según UN 2807:
- Metales ferromagnéticos y materiales de protección con una intensidad de campo magnético relativamente alta, como magnetrones
- Imanes permanentes sin protección y sin varillas de sujeción instaladas
- Objetos magnetizados con una intensidad de campo magnético que produzca una desviación de la brújula de 2 grados a una distancia de 2,1 m, es decir, un mínimo de 0,418 A/m o 0,000525 gauss.
* Debido a su baja intensidad de campo magnético, los siguientes artículos se pueden transportar en cantidades para uso personal:
- Bienes de consumo que contengan imanes, como imanes comunes para refrigeradores, portacuchillos magnéticos para la cocina, fundas para teléfonos móviles o tarjetas de crédito y dispositivos enchufables con un conector magnético.
- Brazaletes antitiburones con campo magnético (p. ej. Sharkbanz): estos brazaletes deben llevarse en la caja de transporte del fabricante.
- Los electroimanes que se encuentran en diversos dispositivos, como los detectores, están permitidos siempre que estén completamente apagados, protegidos contra una activación accidental o desconectados de su fuente de alimentación.
Está prohibido transportar sustancias oxidantes y peróxidos orgánicos.
Esto incluye los siguientes artículos:
- Lejía o polvos blanqueadores
- Productos químicos para piscinas
- Tintes
* En el equipaje facturado solo se permiten cartuchos de combustible de repuesto.
Los sistemas de pilas de combustible y los cartuchos de combustible de repuesto para alimentar dispositivos electrónicos portátiles, como cámaras, teléfonos móviles, ordenadores portátiles y videocámaras, deben embalarse de forma segura para evitar daños.
Cantidad máxima de cartuchos de repuesto: máx. 2 artículos por pasajero
Volumen máximo para las pilas de combustible o los cartuchos para pilas de combustible:
- Líquidos: máx. 200 ml
- Sólidos: máx. 200 g
- Gases licuados: máx. 120 ml para pilas de combustible o cartuchos para pilas de combustible no metálicos o máx. 200 ml para pilas de combustible o cartuchos para pilas de combustible metálicos
- Hidrógeno en hidruro metálico: máx. 120 ml de capacidad de agua
Normas para el transporte de cartuchos para pilas de combustible:
- Cada cartucho para pilas de combustible debe estar marcado indicando que cumple con las especificaciones de la norma IEC PAS 62282-6-100, versión 1, incluida la Enmienda 1, y debe indicar la cantidad máxima y el tipo de combustible.
Normas para el transporte de sistemas de pilas de combustible:
- Los sistemas de pilas de combustible deben estar etiquetados por el fabricante como “Approved for carriage in aircraft cabin only”.
- Los sistemas de pilas de combustible no deben cargar el dispositivo electrónico cuando no esté en uso.
- Los sistemas de pilas de combustible solo pueden contener líquidos inflamables, sustancias corrosivas, gases licuados, sustancias reactivas al agua o hidrógeno en hidruro metálico. Los sistemas de pilas de combustible cuya única función sea cargar una batería en el dispositivo están prohibidos.
- A bordo solo se pueden instalar cartuchos de repuesto; está prohibido recargar o rellenar pilas de combustible.
Los embalajes con aislamiento que contienen nitrógeno líquido refrigerado (transportadores secos) completamente absorbido en material poroso:
- Solo se pueden utilizar para productos que no estén clasificados como mercancías peligrosas.
- No debe permitir un aumento de la presión en el interior del contenedor.
- No debe permitir que se escape nitrógeno líquido refrigerado, independientemente de la posición del embalaje aislado (transportadores secos).
Nota:
- Encontrará más información sobre el transporte de “Muestras o especímenes” en la sección “Muestras no infecciosas y especímenes que contienen pequeñas cantidades de líquidos inflamables”.
Las siguientes normas de transporte se refieren a paracaídas con un dispositivo pirotécnico de activación automática (AAD), p. ej., Cypres AAD.
Normas de transporte:
- Debe llevar consigo documentación por escrito, de una autoridad nacional autorizada, que contenga los detalles del dispositivo de activación automática (AAD) junto con la confirmación de que el dispositivo no está clasificado como mercancía peligrosa.
* Aviso: El transporte está prohibido si no se cumplen las normas de transporte.
Cantidad máxima: 1 dispositivo por pasajero
Normas de transporte:
- El uso de dispositivos de peinado que funcionan con cartuchos de gas de hidrocarburo está prohibido a bordo.
- La cubierta de seguridad debe estar bien colocada sobre el elemento calefactor.
Nota:
- Está prohibido transportar paquetes de recarga de gas para dispositivos de peinado que utilizan cartuchos de gas de hidrocarburo.
- Encontrará información más detallada sobre el transporte de dispositivos de peluquería con baterías de litio en la sección “Lámparas de buceo, soldadores y otros artículos generadores de calor con baterías incorporadas”.
Está prohibido el transporte de estuches, bolsas de seguridad para archivos y cajas/bolsas de dinero.
Los dispositivos de permeación utilizados para calibrar los sistemas de control de la calidad del aire solo pueden transportarse en el equipaje facturado.
Los siguientes artículos adicionales están prohibidos, tanto en el equipaje de mano como en el equipaje facturado:
- Envases con líquidos inflamables, como pinturas, barnices, diluyentes, agentes de limpieza, disolventes o gasolina
- Envases con pinturas no inflamables
- Materiales y artículos ligeramente inflamables, como encendedores de barbacoas, pasta combustible, botellas de gas butano o propano, alcohol seco, combustible o carbón
- Sustancias y materiales peligrosos, tóxicos o infecciosos, como mercurio, veneno para ratas, insecticidas, arsénico, cianuro o cultivos de bacterias y virus o muestras de laboratorio infecciosas
- Sustancias cáusticas y corrosivas, como ácidos, álcalis, bases o baterías húmedas, sustancias antioxidantes o desoxidantes, soluciones de dióxido de azufre o kits químicos
- Materiales y objetos radiactivos
- Sustancias que, en contacto con agua, produzcan gases inflamables, como el carburo
- Cartuchos de dióxido de carbono (CO2) para el tratamiento de agua mineral de más de 50 ml
- Motores de combustión y equipos y herramientas alimentados con gasolina (p. ej., cortadoras de césped, motosierras, generadores de emergencia), independientemente de si el equipo o las herramientas son nuevos (en su embalaje original) o usados
- Propelentes inflamables, no inflamables, ultracongelados y tóxicos
- Artículos frágiles, como televisores, aparatos de aire acondicionado, refrigeradores o pantallas de ordenador
Si no está seguro de si está permitido llevar un artículo en particular en su viaje, comuníquese con nosotros a través del formulario de contacto.
Otra información de transporte:
- Si transporta mercancías peligrosas cuyo transporte no está aprobado, podrían ser confiscadas y usted será responsable.
- Estas normas de transporte cumplen con la normativa nacional y con la Reglamentación sobre Mercancías Peligrosas de la IATA vigentes para el transporte seguro de mercancías peligrosas. SWISS se reserva el derecho de tomar medidas más restrictivas por motivos de seguridad.
- Estas normas de transporte pueden variar en vuelos con socios de código compartido. Póngase en contacto directamente con la compañía aérea correspondiente para obtener más información.
- Puede haber normas nacionales que den lugar a medidas más restrictivas.